Te recomiendo

miércoles, 7 de noviembre de 2007

Atribuciones, Funciones y Obligaciones

Atribuciones, Funciones y Obligaciones

1. garantizar la explotación eficiente de la tierra, los animales y de las capacidades instaladas, propiciando el incremento de los rendimientos por área y por animal;

2. cumplir con la política y regulaciones en cuanto a la utilización de las variedades, la sanidad vegetal, el uso del suelo, del agua, de la medicina veterinaria, las razas, el desarrollo forestal, la protección del medio ambiente y otras que sean reguladas por interés estatal;

3. dirigir, organizar y controlar técnica, económica y administrativamente la ejecución y el desarrollo de todas las actividades que correspondan para garantizar el cumplimiento de sus objetivos básicos;

4. confeccionar los planes de producción, inversiones y otros de acuerdo con el Programa de Desarrollo;

5. trabajar por la obtención de resultados económicos favorables mediante el desarrollo de una gestión eficiente que se traduzca en el logro de altos niveles de producción con la utilización del mínimo de recursos posibles;

6. cumplir la normas técnicas establecidas por el Ministerio de la Agricultura (MINAGRI) para la producción agropecuaria que desarrolle y aquellas vinculadas con la explotación y mantenimiento de la maquinaria agrícola y los sistemas de riego y drenaje;

7. trabajar por incrementar la calidad de su producción agropecuaria;

8. contratar y vender a las entidades acopiadoras u otras entidades, los volúmenes y surtidos de las producciones de su línea fundamental, determinadas por la entidad que las atiende;

9. vender en el Mercado Agropecuario Estatal los volúmenes y surtidos de productos de su línea fundamental no comprometidas o contratadas con las entidades acopiadoras y las otras producciones;

10. intercambiar mediante compraventa con otras Unidades Básicas de Producción Cooperativas (UBPC) productos de su línea fundamental no contratadas u otras producciones necesarias para el autoabastecimiento;

11. controlar la actividad económica en general, la correcta aplicación de la política de precios y fiscal, operar cuentas bancarias, llevar la contabilidad y suministrar la información mínima oficial establecida por el MINAGRI, los ministerios de Economía y Planificación (MEP), Finanzas y Precios (MFP) y las Instituciones Bancarias;

12. contratar con las entidades correspondientes los abastecimientos y los servicios que se requieran;

13. exigir el cumplimiento de los contratos firmados con las entidades acopiadoras, suministradoras y de prestación de servicios; reclamando y demandando las afectaciones económicas sufridas;

14. gestionar con las Instituciones Bancarias correspondientes los créditos para la producción y las inversiones y velar por la amortización correcta, acorde con las normas establecidas al respecto;

15. dar baja y vender los activos fijos tangibles de conformidad con la legislación vigente, en caso de venta la primera opción será la Empresa estatal. Esta acción no podrá ejecutarse cuando vaya en detrimento del cumplimiento de los planes de producción;

16. controlar el uso de los bienes que constituyen su patrimonio, la tierra y otros bienes entregados en usufructo y velar por su utilización y correcta conservación;

17. impulsar y ejecutar la construcción y mantenimiento de viviendas e instalaciones de uso social y el desarrollo de las producciones agropecuarias destinadas al autoabastecimiento de los cooperativistas y sus familiares; con el objetivo de lograr la incorporación y la estabilidad de su fuerza de trabajo, así como asegurar mejores condiciones de trabajo y de vida a sus miembros;

18. trabajar por la aplicación consecuente de los adelantos de la ciencia y la técnica con el objetivo de mejorar sus niveles de eficiencia;

19. estimular el nivel de instrucción y el desarrollo de actividades culturales, deportivas y recreativas de sus miembros. para hacerlos más útiles a la sociedad y al colectivo que integran;

20. apoyar y promover el desarrollo de la emulación socialista, interna y la externa, esta última con otras UBPC, estimulando a los más destacados de acuerdo con los fondos disponibles;

21. impulsar la aplicación de la política energética tendente al ahorro y uso racional de la energía y el combustible, así como propender a la máxima utilización posible de las fuentes renovables y naturales de energía;

22. utilizar adecuadamente de acuerdo con sus necesidades productivas a los estudiantes bajo el principio martiano de estudio-trabajo;

23. incrementar la cría y doma de animales para tracción y tiro animal, la preparación y producción de implementos agrícolas para el trabajo con bueyes y la utilización de biofertilizantes y biopesticidas;

24. desarrollar otras producciones secundarias como son: acuicultura, gallinas rústicas, porcinos, conejos, ovino caprino, caña para guaraperas y otras, tanto para autoabastecimiento o con destino a la población local, previa aprobación en su objeto social;

25. desarrollar relaciones de cooperación y colaboración con la comunidad en cuanto a suministro directo de producciones necesarias a las instituciones sociales, realización de actividades recreativas y culturales y construcción y reparación de caminos y otras actividades de interés común;

26. ser sujeto de controles, auditorias e inspecciones que se determinen por el MINAGRI y otros organismos Estatales y Órganos Fiscales competentes;

27. exigir y cumplir la legislación agraria vigente en las tierras que mantiene en usufructo y no permitir ni autorizar ocupaciones o cesiones de éstas por terceros;

28. cumplir lo dispuesto en la legislación laboral, de seguridad social y cualquier otra que le sea aplicable; y

29. cumplir la política y demás disposiciones para la selección y preparación de dirigentes de las UBPC dictadas por el MINAGRI.

El cumplimiento de los aspectos contemplados en las atribuciones, funciones y obligaciones obliga a la UBPC-G a realizar una correcta administración de sus recursos y a la vez preservar y fortalecer su autonomía.

Bases legales de su constitución.

Toda UBPC-G adquiere personalidad jurídica propia a partir de su inscripción en el Registro correspondiente de la Oficina Nacional de Estadísticas, la que será solicitada en un término no mayor de quince días posteriores a la fecha de haberse efectuado la Asamblea de constitución. En cada UBPC-G se conforma un Expediente de Constitución en el que debe figurar:

1. Resolución del Delegado Territorial del MINAGRI que autoriza su constitución

2. Acta de la Asamblea de Constitución protocolizada ante Notario público

3. Documentos que acreditan la inscripción en los Registros oficiales tanto de la UBPC - G como de sus bienes patrimoniales y los concedidos en usufructo

4. Tasación de los bienes vendidos a la UBPC - G

5. Relación de los bienes recibidos en usufructo

6. Solicitud de constitución firmada por todos los miembros y personas solicitantes

7. Resolución que aprueba el objeto social de la UBPC-G

8. Convenio de trabajo entre la Empresa Pecuaria Municipal y la UBPC-G. este convenio debe estar suscrito por el Directos de la Empresa Pecuaria Municipal y el (la) Administrador (a) de la UBPC-G debiendo contar con los siguientes anexos:

o Totalidad de las tierras entregadas en usufructuación con sus áreas cultivables ubicación , linderos y croquis o modificaciones de los mismos

o Medios traspasados a la UBPC-G y su tasación. Incluye las viviendas traspasadas y su régimen legal

o Establece los volúmenes de carne y leche comprometidos a alcanzar y otros aspectos vinculados con el cumplimiento del plan de producción

o Relación de los servicios básicos y suministros que brindará la Empresa Pecuaria Municipal a la UBPC-G

1. Documentos relacionados con su vida legal

o Decreto Ley No. 142 del Consejo de Estado

o Acuerdo No. 2708 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros

o Resolución No. 629/2004

o Reglamento Interno de la UBPC-G y su acta de aprobación por la Asamblea.

Por la importancia de estos documentos cada UBPC-G debe contar con un expediente general en el cual queden ordenados y permitan su actualización periódica. Además de estos documentos que constituyen la base del funcionamiento de las UBPC-G, éstas deben poseer aquellos que regulan su funcionamiento periódico entre los cuales se encuentran:

o acta de aprobación del (la) Administrador (a) y miembros de la Junta

o Todos los contratos suscritos por la UBPC-G

o Actas de Asambleas Generales efectuadas y acuerdos tomados

o Actas de reuniones que realiza la Junta de Administración y acuerdos tomados

o Otras disposiciones legales referidas a su actividad y documentos rectores de la actividad agro-ganadera

En resumen estos son los documentos fundamentales que cada UBPC-G debe proteger y cuidar, así como manejar y dominar ya que respaldan la existencia y funcionamiento de estas unidades y a la vez su continuidad legal.

Con independencia de estos documentos cada UBPC-G debe poseer un juego de planos completo con su división en fincas, programa de variedades de pastos, siembras, fertilización, manejo genético del rebaño, con el nivel de detalle necesario y colocar algunos de ellos de forma visible y bien protegidos.

También debe archivar la información relacionada con la situación económica y productiva de la UBPOC-G y las incidencias más significativas, así como el inventario de sus activos fijos tangibles y aspectos que permitan conocer la historia y transformaciones que han ocurrido durante su desarrollo y a un (a) nuevo (a) Administrador (a), su evolución.

Organización interna.

Uno de los elementos más importantes para lograr la consolidación y desarrollo adecuado de una UBPC-G es el relativo a su organización interna y funcionamiento, lo que no siempre está claro y en general, cuando esto ocurre, se mantienen las características de los modelos organizativos que le precedieron, en este caso de las Granjas del Pueblo, Distritos, las Brigadas Permanentes de producción (BPP) y las Granjas Pecuarias. Hay que tener presente que ahora estamos en presencia de un colectivo de cooperativistas que son dueños de la producción y de los medios de trabajo.

Dentro de las UBPC-G coexisten, interrelacionados en forma armónica, tres órganos de dirección: la Asamblea General, la Junta de Administración y el (la) Administrador (a) de la Unidad, cada uno de ellos con facultades y responsabilidades bien delimitadas dentro del contexto de la Unidad.

No hay comentarios: